Sala de Prensa
Ayudas promoción ocupación autónoma 2014
Con la publicación en el BOIB de día 21 de octubre se han convocado las ayudas para fomentar la creación de la ocupación autónoma para el año 2014.
La información más relevante de la convocatoria es la siquiente:
- El plazo para presentar la solicitud con toda la documentación necesaria es desde las 9:00 horas del próximo día 24 de octubre hasta el 3 de noviembre. Las solicitudes de subvención resolverán por orden de entrada de los expedientes completos para cada programa hasta que se agote la cuantía destinada a la convocatoria (589.176,00 €) o a la finalización del plazo.
Los beneficiarios de las ayudas podrán ser:
- Personas desocupadas inscritas como demandantes de empleo en la oficina de servicio público de empleo correspondiente como mínimo 2 meses antes del alta de autónomos. Para ser beneficiarios deben haberse dado de alta como autónomos o en el régimen especial que corresponda, y estar incluidos en alguno de los colectivos siguientes:
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- Desocupados en general. Cuantía: 5.000€
- Jóvenes desocupados de 30 años o menos. Cuantía: 6.000€
- Mujeres desocupadas. Cuantía: 6.000€
- Mujeres víctimas de violencia de género desocupadas y personas con discapacidad. Cuantía: 8.000€
- Trabajadores autónomos o por cuenta propia que formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles, y socios fundadores de cooperativas o sociedades laborales.
Quedan excluidos los socios de sociedades mercantiles de capital, y los autónomos colaboradores. También están excluidos los trabajadores autónomos que hayan ejercido la misma actividad o similar según el epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) durante el año anterior a la fecha de inicio de la presente actividad, así como los que hayan percibido esta misma ayuda con anterioridad.
Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber estado inscrito como demandantes de empleo en la oficina de servicio público de empleo como mínimo dos meses antes del alta de autónomo.
- Haber realizado el alta de autónomo o régimen correspondiente entre el 19 de noviembre de 2013 y el fin del plazo de presentación de la solicitud.
- La persona solicitante debe estar domiciliada en las Islas Baleares y ejercer la actividad en esta comunidad autónoma.
- Estar de alta en el censo de obligados tributario y en el IAE.
- Los beneficiarios de la ayuda están obligados a mantener la actividad empresarial durante, al menos, tres años desde la fecha de alta de la actividad.
Pueden encontrar toda la información de la convocatoria, así como la documentación completa a presentar en el documento adjunto a esta noticia.
Desde PIME Menorca te ayudamos tanto en el trámite de la ayuda como en el proceso de constitución de tu empresa a través del Gabinete de Creación de Empresas, y todo ello de forma gratuita. En nuestra entidad contamos con profesionales que ofrecen un asesoramiento personalizado en cada área empresarial, si estás interesado en tramitar la ayuda puedes contactar con nosotros directamente.
DOCUMENTOS:
- BOIB ayudas promoción ocupación autónoma 2014 (174,07 KB)